DECISIÓN
Por las anteriores consideraciones, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por la parte demandada.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano Ismael Jesús García Sivira, contra la empresa Lucartom Piel, C.A., a cancelar al actor la cantidad de Bs. UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE CON 00/100 (Bs. 1.553.157,00), equivalente a Bs. F. UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 16/100 (Bs. 1.553,16), de acuerdo al siguiente detalle:
Concepto Monto Bs. Monto Bs. F
Antigüedad art. 108 L.O.T 1.065.120,52 1.065,12
Vacaciones 228.767, 10 228,77
Bono Vacacional 106.757, 98 106,76
Utilidades Fraccionadas 152.511,40 152,51
Total 1.553.157, 00 1.553, 16