DISPOSITIVA
En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 03 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Revoca la Alternativa de Suspensión Condicional del Proceso otorgada por este Tribunal en fecha 02 de septiembre del año 2003, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal en beneficio del acusado ANDRES GREGORIO GIL SANCHEZ, venezolano, de 31 años de edad, natural de Guadualito, Estado Apure, dice ser titular de la cédula de identidad N° V.-11.370.737, de ocupación Mecánico, domiciliado en Urb. Cuatricentenaria, Sector 15, Calle 7, Casa N° 25-2, de esta ciudad de Barinas, hijo de Luis Felipe Gil (V), y Celia Sánchez (v); por la comisión del delito de L.....