efectuando un análisis sucinto de los medios probatorios debatidos, los cuales ilustraron al Tribunal para emitir su decisión; en consecuencia se pronuncia de la siguiente forma: Oídas las exposiciones de las partes éste Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Unipersonal N° 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: SE ABSUELVE al ciudadano José Francisco Frías Urquiola, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V 17.003.983, domiciliado en la Urbanización Francisco de Miranda, sector Los Próceres, vereda 42 casa N° 05 Guanare Estado Portuguesa por la presunta comisión del delito por el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el Art. 460 del Código Penal vigente, en perjuicio del automercado William Wu Zhen, representado por los ciudadanos Wu Ji Rong y Xiujuan Xhen en su condición de propietarios del automercado William Wu Zhen. SEGUNDO: Se exonera al estado venezolano de las costas pr.....