Por lo anteriormente narrado es por lo que me INHIBO y por cuanto la presente incidencia no debe detener el curso de la presente causa, se acuerda remitir dichas actuaciones a la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal para que a la brevedad posible se haga la redistribución del presente asunto entre los demás Jueces de Juicio, que corresponda, conforme a lo previsto en el artículo 94 ejusdem. Se acuerda enviar copias certificada de lo conducente a la inhibición planteada y del auto a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, conforme ala previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Aperturese Cuaderno Separado. Se deja constancia que actuando conforme a lo establecido en el artìculo 192 del Còdigo Orgànico Procesal Penal se subsana el error cometido en virtud de haber fijado la audiencia de juicio oral y pùblico para el 06-06-12 a las 11:30am. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
La Jueza (T) de Primera Instancia.....