DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos José Ramón García Roa y Leonor Guerrero de García, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Andrés Eloy Blanco, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, hoy Prefectura de la Parroquia El Cantón del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Barinas, en fecha 29 de octubre de 1.997, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 139.