DECLARA CON LUGAR la acción interpuesta y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: FATIMA KARELLY TORRES UZCATEGUI Y JAIRO ALBERTO GONZALEZ MIRELES, titulares de las cédulas de identidad Nº 18.797.246 Y Nº 19.166.115, que los unía desde la fecha 28/09/2012, según Acta Nº 39, expedida por EL REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA ARIAS MUNICIPIO LIBERTADOR , ESTADO MERIDA,, conforme el artículo 375 LOPNNA, en cuanto al cumplimiento del deber de Manutención del niño de auto habido en el matrimonio, fija a cargo del padre, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIIVARES (Bs. 50.000.00,) mensuales para cubrir las necesidades ordinarias de la niña , las cuales entregara a la madre bajo recibo , o depositara en cuenta bancaria que se abrirá a tales efectos. Este monto será incrementado al doble del valor ( Bs. 100.000,00) en el mes de Julio y Diciembre por el incremento de los gastos por útiles e inscripciones escolares, y demás gastos que se originan en estos me.....