en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha veintidós (22) de octubre del año mil veinte (2.020), por ante el Registro Civil de la parroquia Ciudad Bolivia, municipio Pedraza, estado Barinas, como se evidencia en acta de matrimonio Nº 23, emitida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Ciudad Bolivia, municipio Pedraza, estado Barinas, en fecha 17-06-2025, cursante a los folios cuatro (04) y cinco (05).
Siendo esta una Sentencia fundamentada en el Criterio Jurisprudencial antes citado; visto que la misma es de mero derecho y no contenciosa y por cuanto no opera medio recursivo alguno, ni ordinario ni extraordinario se DECLARA DEFINITIVAMENTE FIRME.
Remítase mediante oficio, copia certificada del presente fallo, a la Oficina de Registro Civil de la parroquia Ciudad Bolivia, municipio Pedraza del estado Barinas, conforme a lo dispuesto en los artículos 3 numeral 2º y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
Se acuerda expedir copias certific.....