En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal Con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, actuando en Función de Juicio Nº 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, DECRETA: PRIMERO: Se declara culpable al ciudadano: JUAN CARLOS CANELON MOLINA, de nacionalidad venezolano, nacido en Barinitas Estado Barinas, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-17.768.406, nacido en fecha 12-09-1980, de 34 años de edad, hijo de Carmen Canelón (V), dice no conocer a su padre, de ocupación u oficio Herrero, estado civil: Soltero, residenciado en el Callejón Coromoto Nº 35, Sector la Cochinilla, Casa S/Nº color verde, detrás de la Negra Hipólita cerca de la Quinta la escondida, teléfono 0273-8711278 (hermana) y 0273-4175638 (Madre), por la comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE.....