declara como únicos y universales herederos de la de-cujus Delia Méndez, al solicitante ciudadano Antonio José Márquez Méndez, ya identificado y a los ciudadanos Víctor Donal Márquez Méndez, Adelaida del Carmen Márquez Méndez, Luis Gonzalo Márquez Méndez, Leandro José Márquez Méndez y Germen Enrrique Márquez Méndez, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.334.547, 16.333.486, 17.725.213, 18.045.504 y 18.046.584 en su orden. Se dejan a salvo los derechos de terceros.