En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de los Municipios Obispo, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los ciudadanos CARLOS ENRIQUE CORTEZ GARCIA y LILIANA JOSEFINA TORRES MARTINEZ, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído en fecha 22 de Mayo del año 2009, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Barrancas, Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 49, cursante al lo folio (04).
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y A.....