En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO formulado en fecha 30 de septiembre del año 2016, y le da valor de cosa juzgada.
Por consiguiente, se ordena el reintegro al solicitante de la cantidad de BOLIVARES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS, (Bs. 339.286,89), cantidad esta que se encuentra depositada en la cuenta corriente No 0175-0013-98-0000046779, de este Tribunal, en el Banco Bicentenario, una vez cumplida esta formalidad el Tribunal dará por terminado el presente procedimiento y consecuencialmente el cierre y la remisión del expediente para la guarda y custodia al Archivo Judicial Regional Inactivo de .....