en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha cuatro (04) de septiembre del año mil veinticuatro (2.024), por ante la oficina de Registro Civil de la parroquia Ciudad Bolivia, municipio Pedraza del estado Barinas, como se evidencia en Acta de Matrimonio Nº 77, folio 079, Tomo I, Año 2024, emitida por la referida oficina en fecha 05-09-2024, cursante a los folios seis (06) y siete (07).
Siendo esta una Sentencia fundamentada en el Criterio Jurisprudencial antes citado; visto que la misma es de mero derecho y no contenciosa y por cuanto no opera medio recursivo alguno, ni ordinario ni extraordinario se DECLARA DEFINITIVAMENTE FIRME.
Remítase mediante oficio, copia certificada del presente fallo, a la Oficina de Registro Civil de la parroquia Ciudad Bolivia, municipio Pedraza del estado Barinas, conforme a lo dispuesto en los artículos 3 numeral 2º y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
Se acuerda expedir copias certificadas de la presente decisión.....