este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 del Código Civil, en concordancia con el articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, se declara como única y universal heredera de la de-cujus Marisela Coromoto Martínez Virguez , quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.383.107, a su hija la ciudadana María Gabriela Ávila Martínez, titular de las cédula de identidad Nº 19.826.871. Se dejan a salvo los derechos de terceros