En mérito de las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos CARLOS ENRIQUE ARIAS CASTELLANOS Y MARÍA ALEJANDRA PINEDA GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nº V-12.202.766 y V-11.710.722 con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante Primera Autoridad Civil Prefectura Catedral, Municipio Barinas, Estado Barinas, el acta Nº 71, original certificada, folio 05, ASI SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas Municipio Barinas, Circuito Judicial.....