DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Unipersonal Cuarto de Juicio de del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ACUERDA: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano: ARTURO JOSE RIVAS, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 16.635.894, domiciliado en el caserío la Barinesa, sector La Mulata, finca las Mulatas, Barinitas Estado Barinas, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS Y AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 377 en su único aparte del Código Penal, en perjuicio de ciudadana (niña) Marly Yuliana Graterol Zerpa, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano ARTURO JOSE RIVAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 de la Norma Adjetiva Penal vigente. Contra la presente sentencia procede Recurso de Ape.....