DECISION
Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el presente Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por las ciudadanas OLIVA ARAGOZA Y MARIA LEONARDA HIDALGO, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº V-2.478.314, V-11.715.991, respectivamente, contra GOBERNACION DEL ESTADO BARINAS.
Se ordena la notificación de la presente decisión a la parte accionante, a los fines de que una vez que conste en autos el haberse practicado la misma comienza a transcurrir el lapso para ejercer los recursos legales correspondientes contra la misma.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.
Dada, Firmada, sellada y refrendada en el despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.....