En consecuencia y con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia declara bastante y suficiente las justificaciones evacuadas para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del solicitante ciudadano: Heriberto Moreno Pérez, ya identificado, sobre unas mejoras y bienhechurìas consistentes en una casa para habitación familiar, construida en paredes de bloque, pisos de cemento, techo de acerolit y estructura de hierro, con columnas de vigas de concreto, dividida en tres (03) habitaciones para dormitorios, una sala, cocina y comedor, dos baños, área para garaje, área para servicios, un local comercial y cercadas sus colindancias en su contorno en paredes de bloque, dotada de los servicios de agua y luz eléctrica; dichas mejoras y bienhechurìas se encuentran enclavadas sobre una parcela de terreno propiedad de Municipio Pedraza que mide trescientos ses.....