DISPOSITIVA
En merito a los anteriores razonamientos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SOSA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, celebrado el 08-05-2012 entre las partes del presente juicio, conforme a lo previsto en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y en concordancia con lo expuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena librar oficio a la Dirección de Recursos Humanos del Comando General de la Policía del Estado Lara, a fin de que realicen los descuentos respectivos al funcionario LUIS EDUARDO GARCIA BARRIOS, titular de la cédula de identidad N° V-10.725.443, y los depositen en el Banco Venezuela, Cuenta de Ahorro num. 01020313940100027483, titular: Mariela del Valle Bareño Bareño, titular de la Cédula d.....