Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por los abogados Carlos Romero Alemán y Carlos David Contreras Sánchez, en su condición de defensores privados; contra la decisión dictada en fecha 13.03.2015 y publicada en fecha 27.03.2015, por el Tribunal de Juicio Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó a los ciudadanos NELSON PEÑA ROJAS y CARLOS MANUEL ROSALES MOLINA, a cumplir la pena de doce (12) años de prisión por la comisión del delito ROBO AGRAVADO Y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 281, en concordancia con el artículo 83 todos del Código Penal; y a WILMER NOEL FIGUEREDO a cumplir la pena de diez (10) años de prisión por la comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUT.....