PRIMERO: Se declara competente para conocer de la presente acción de amparo interpuesta por la Corporación de Salud en contra del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en razón del criterio orgánico.
SEGUNDO: Se declara con lugar el recurso de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por la Corporación de Salud del Estado Táchira en contra Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.