DISPOSITIVA
En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 03 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se condena al acusado YOSMAN ROBERSI POLANCO ORTEGA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.637.128, de 29 años de edad, nacido el 24-07-1976, natural de Barrancas Estado Barinas, de estado civil soltero, ocupación u oficio latonería y pintura, hijo de José Antonio Polanco (V) y Gladis Ortega (V), residenciado en la urbanización la Cuatricentenaria, casa N° 15, vereda 06, Barinas estado Barinas, a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS Y DOS (02) MESES DE PRESIDIO mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 13 del Código Penal por la comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo A.....