En consecuencia, por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente explanadas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, y en uso de las amplias facultades que le confiere los Artículos 520 y 677 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Aumento de Obligación Alimentaria que formulara la ciudadana: VICTORIA DEL CARMEN RODRIGUEZ MONCADA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-9.360.353, domiciliada en la calle 32, entre carreras 3 y 4, Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas; en contra del ciudadano: ELIGIO DIAZ MARQUINA, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº. V-9.183.578, domiciliado en la.....