Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: CALIFICA COMO FLAGRANTE la Aprehensión del imputado RICHARD FÉLIX DELGADO SÁNCHEZ venezolano, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N º 13.063.693, de ocupación u oficio indefinida, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido el día 24-7-75, quien es hijo de María Avelina Sánchez y Froilan Delgado, residenciado en la Barrio Negro Primero, calle Principal, casa n° 30 de esta ciudad de Barinas, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 458 DEL CODIGO PENAL, en agravio del ciudadano Pedro Díaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del im.....