Por todos lo razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara con lugar la Querella Interdictal de Despojo, intentada por la ciudadana Olinda Josefa Hernández de Montilla, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.590.005, debidamente asistida por los abogados Saiz Rafael Mitilo Veliz y Carlos Alberto Carrillo Quintero, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 30.301 y 105.054; contra la ciudadana María Zenaida Teyes, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.739.310.
SEGUNDO: Se condena a la parte querellada a la desocupación del inmueble objeto del presente litigio, consistente en una casa para habitación familiar, ubicada en la Urbanización "Linda Barinas", c.....