CAPÍTULO VII
DISPOSITIVA
Este Tribunal de Juicio N° 02, por todas las razones anteriormente expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Primero: Admite el Procedimiento por Admisión de los Hechos realizado en sala por ser procedente y ajustado a derecho y en consecuencia CONDENA al ciudadano MARCOS AMADO ZAPATA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.734.642, de 52 años de edad, nacido Guasdualito Estado Apure, el 04-03-57, de ocupación u oficio, Herrero, hijo de Juana Zapata (V) y de Ricardo Guerra (f), residenciado en el Barrio Brisas de Alto Barinas (El Cementerio) calle Principal casa Nº 93, cerca de la pared perimetral del Cementerio teléfono 0273/4004329, Barinas estado Barinas, a cumplir la pena de doce (12) años y cuatro (04) meses de prisiòn, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL CON PENETRACION A ADOLESCENTE AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñ.....