DISPOSITIVA
En consecuencia éste Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO solicitada por los ALEJANDRO GARCIA MOLINA y JINETTE THAIS PEÑA MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número: V-14.866.840 y Nº V-17.358.043QUEDANDO DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los unía, según Acta Nº 06, del año 2.002, contraído por ante la primera Autoridad Civil de la parroquia José Ignacio del Pumar, Municipio Autònomo Ezequiel Zamora del Estado Barinas.