este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el RECURSO DE NULIDAD conjuntamente con AMPARO CAUTELAR, interpuesto por el Abogado OMAR DAVID DOMÍNGUEZ RINCÓN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 111.067, en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa INDUSTRIA METALMICA DE PRODUCTOS VENEZOLANOS C.A. (MEPROVEN C.A.), contra la providencia administrativa Nº 279-2007, de fecha 19 de Junio de 2007, Expediente Nº 056-2007-06-00188, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA "GENERAL CIPRIANO CASTRO", en virtud de que la instancia se ha extinguido de pleno derecho por paralización de la causa por más de un año.