SE DECLARO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada María Eugenia García Moreno, en su condición de Defensora Pública Auxiliar, encargada de la Defensoría Décima Cuarta en Materia Penal Ordinario del Estado Barinas, en contra del auto de fecha 03 de diciembre de 2014, dictada por el Tribunal de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal, que Negó el Cese de la Medida de Coerción Personal a los Acusados JUAN MANUEL LOBO VALLADARES, titular de la cedula de identidad N° V-15.653.330; DAYANA CAROLINA HERNÁNDEZ VALDERRAMA, titular de la cedula de identidad N° V-18.560.544 y MARIO ELBANO PERNIA HIDALGO, titular de la cedula de identidad N° V-19.430.980, quien presenta doble identidad, por cuanto se ha identificado como ALIBER FERNANDO CAMACHO FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-17.829.041, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 numeral 2 encabezam.....