SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 29 de marzo de 2.017, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Se declara LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, de conformidad con los artículos 108 de la Ley para la Regularización y Control de los Alquileres de Vivienda y 362 del Código de Procedimiento Civil. SE CONFIRMA la decisión dictada el 29 de marzo de 2.017, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, mediante la cual declaró CON LUGAR la demanda de DESALOJO.