De conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional, por los fundamentos de hecho, de derecho y jurisprudenciales expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Se DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION (DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN) POR PERDIDA DE INTERÉS PROCESAL en la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, intentada por los cónyuges, HITHER MOISES AVILA PEREZ y NEYLA KARINA GARRIDO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, cedulas de identidad Nº V-15.072.291 y V-17.377.253, respectivamente; asistido por el abogado JOSE E. MERGAREJO, I.P.S.A. Nº 176.647.
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas.
TERCERO: Se ordena notificar a las partes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, Firmada y Sellad.....