PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el ciudadano LOPEZ MORA MARCO TULIO en contra de la CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO TACHIRA.
SEGUNDO: Se ordena la reincorporación del querellante al cargo que ocupaba como Médico Especialista Anestesiólogo del Hospital Justo Pastor Arias, a sus seis (6) horas de contratación en el domicilio Junín del Estado Táchira o a uno de la misma jerarquía en la misma área geográfica del Estado Táchira y el pago de los salarios caídos desde su desincorporación hasta su total y definitiva reincorporación.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por tratarse de un ente público.