DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abogada Carmen Cecilia Riera, en su carácter de Fiscal Décima Segunda del Ministerio Público, contra la decisión publicada en fecha 09/04/2010, dictada por el Tribunal 1° de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decreta el Beneficio de Suspensión Condicional de la Pena, de conformidad con el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, al penado Jorge Elías Ardila Pérez, y de conformidad con lo dispuesto en el tercer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de admisión. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ PRESIDENTE,
DR. TR.....