DISPOSITIVA
En merito a los anteriores razonamientos, de este TRIBUNAL PRIMERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, celebrado entre las partes del presente juicio el 06-08-2.014, conforme a lo previsto en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y en concordancia con lo expuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil,
SEGUNDO: Se ordena el Archivo del Expediente.
Publíquese, Regístrese conforme al Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.....