En consecuencia, por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente explanadas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente y en uso de las amplias facultades que le confiere los Artículos 520 y 677 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria que formulara la ciudadana: HAIDEE DEL CARMEN RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.840.536, en contra de los ciudadanos: ISIDORO MENDEZ MENDEZ y SATURDINA GARCIA DE MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.793.618; en beneficio de sus nietas: CARMEN ZOBEIDA MENDEZ RODRIGUEZ y DINALBA DEL VALLE RODRIGUEZ, y fija la misma en la.....