AUTO DE APERTURA A JUICIO.
Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el Artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, contra los acusados: SABINO RENNY MEDINA NEGRO, venezolano, 39 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.255.081, hijo de Enrique José Montilla y María Lucia Yépez, con fecha de nacimiento 30/12/1965, en Mijagual Estado Barinas y residenciado Barrio Beltrán Lucena, callejón Andrés Eloy Blanco, casa S/N° Barrancas Estado Barinas Y OCTAVIO COLMENAREZ ESTEVEZ, Colombiano, de 43 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 81.915.473, con fecha de nacimiento 06/05/1962, natural de Río Negro Departamento de Santander, comerciante, hijo de T.....