PRIMERO: Declara INADMISIBLE el Asunto Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los abogados en ejercicio Eladio Enrique Gutiérrez Gutiérrez, Luís Alejandro Araujo Gutiérrez y Betty Maria Gutiérrez Gutiérrez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 43.440, 112.654 y 13.502, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano ROMULO AUGUSTO GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.004.192, contra el acto emanado del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en reunión N° 211-08, del 10 de Diciembre de 2.008, y signado con el N° 00844356 el cual acordó otorgar declaratoria de garantía de permanencia, a favor de la ciudadana Ana Leticia Márquez Rangel, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.477.611, sobre un lote de terreno con una superficie de ocho mil trescientos trece metros cuadrados (8.313 m²) ubicado en el Sector Puente Real, Parroquia Pueblo Nuevo del Sur del Municipio Sucre del Es.....