DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en el Recurso de Nulidad interpuesto por la ciudadana Paula González, contra la Providencia Administrativa Nº 013-2010, de fecha veintiuno (21) de enero de 2.010, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas, en el expediente Nº 004-2009-01-00392, que declaro Sin Lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos.
Notifíquese la presente sentencia al Procurador General de la República de conformidad con lo contemplado en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, Firmado Sellado y Refrendado en la Sala del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación .....