Declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha 26/07/2013 por el abogado Albert Hernández, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Alejandro Carreño Estévez, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de julio de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, la cual fue fundamentada y publicada en fecha 23/07/2013, mediante el cual se Decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al imputado Alejandro Carreño Estévez. Segundo: Queda Confirmada la decisión dictada en fecha 18 de julio de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante el cual decretó la Aprehensión como Flagrante y la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado Alejandro Carreño Estévez.