Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal DECRETA: PRIMERO: CONDENA, al acusado: JOSE HERIBERTO VILLAMIZAR SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.841.692, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, mas las accesorias de ley conforme al artículo 69 numeral 2 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, por la comisión del delito de ACTO CARNAL CONSENTIDO, tipificado en el encabezamiento del artículo 378 del Código Penal, cometido en perjuicio de la adolescente R.H.M.M. SEGUNDO: Se exonera del pago de las costas procesales al condenado en razón de lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se acuerda mantener a favor de la victima la Medida de Protección y Seguridad descrita en el numeral 6 consistente en la prohibición de acercarse el y po.....