DISPOSITIVO
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas declara:
PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE para conocer, sustanciar y decidir la solicitud de Medida de Protección Agroalimentaria.-
SEGUNDO: SE DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA y MEDIDA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL, en favor del Predio denominado AGROPECUARIA LA CORDEREÑA y LA CASTILLERA, la cual consta de una extensión de terreno aproximada de seiscientas cincuenta hectáreas con ocho mil metros cuadrados (650 Has con 4.360 M2). Cuya medida de protección abarca las crías de los bovinos y la producción agrícola, que se encuentran bajo este régimen de protección, que nazcan durante la vigencia del presente proceso, la medida abarca además de la protección a la referida producción, la protección de la infraestructura productiva, conformada por las instalaciones, maquinaria, EQUIPOS ELÉCTRICOS, .....