La Ley de Tierras y Desarrollo Agrario consagra la Jurisdicción Especial Agraria y los procedimientos especiales que regulan la materia y que tienen como normativa de aplicación supletoria el Código de Procedimiento Civil. En este sentido no se encuentra regulado un procedimiento en los términos plateados por el solicitante el abogado David Miguel Peña Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.243.106, inscrito en el Inpreabogado Nº 308.798, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Alejandro Méndez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.449.071 , por lo que este Juzgado debe forzosamente declarar la INADMISIBILIDAD de la presente solicitud. ASÍ SE DECLARA.