SE DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada Maria Garzón de Carrillo en su condición de defensora privada del penado Héctor José Barrios, contra la decisión proferida en fecha 04/11/2011 por el Tribunal 1° de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual negó el Beneficio alternativo de cumplimiento de pena, establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, denominado Destacamento de Trabajo fuera del establecimiento por incumplimiento de los requisitos de Ley, al penado HECTOR JOSE BARRIOS, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica sobre el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218, numeral 3° del Código Penal; en perjuicio del Estado Venezolano.; se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de.....