PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos Jesús Salvador Leal Morales y Marinela del Pilar Montero Hidalgo, supra identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, en fecha 28 de diciembre del año 1.994, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Carmen, Municipio Barinas estado Barinas.
TERCERO: No se ordena notificar a los solicitantes, por cuanto el presente fallo se dicta dentro del lapso establecido en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil.