PRIMERO: Se declara CON LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el ciudadano ANTONIO MARIA OVALLES UZCATEGUI en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MÈRIDA, en consecuencia la Gobernación del Estado Mérida deberá reconocer y otorgar el goce pleno de los derechos de jubilación al querellante conforme a los criterios establecidos en el Acuerdo de fecha 02 de enero de 1995 emanado de la Asamblea Legislativa del Estado Mérida, publicado en la Gaceta Oficial Nº 1, Extraordinaria y pagar la jubilación en forma integrada por los dos sueldos; es decir, el de Educador Docente IV y Músico, así como actualización, nivelación y homologación conforme al tabulador actual.