SE DECLARO ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado Rafael Mitilo Veliz, en su carácter de Defensor Privado, contra la decisión dictada en fecha 26/10/2010, dictada por el Tribunal 2° de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual Negó la solicitud del beneficio de Destacamento de Trabajo al penado Baudilio Rodríguez Matheus, de conformidad con lo establecido en el Artículo 500 del Código Procesal Penal, y de conformidad con lo dispuesto en el tercer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los CINCO (05) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de admisión.