declara como únicos y universales herederos del de-cujus el de-cujus Hugo Venancio Quintero, a los ciudadanos María Dionilda Paredes, María Hugenia Quintero Paredes, Osmary Karina Quintero Paredes y María Los Ángeles Quintero Paredes, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.204.437, 16.635.145, 19.191.767 y 19.191.367, en su condición de cónyuge e hijos, respectivamente