Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decreta interrumpido el debate y se ordena realizarlo nuevamente desde su inicio, para lo cual se fija nueva oportunidad para la fecha Veintiséis (26) de Marzo del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las 10:00 horas de la mañana. Y Así Se Decide. Líbrese lo conducente. Publíquese, Regístrese. Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal Con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, actuando en Función de Juicio Nº 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los Trece (13) días del mes de Marzo del año Dos Mil Dieciocho (2018) 207° año de la Independencia y 159º años de la Federación. Cúmplase.-