En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior del Trabajo tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Jorge Cuevas contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas el día 04 de Marzo de 2005.
SEGUNDO: Se ordena la reposición de la causa al estado de que un Juez de Juicio de esta Coordinación Laboral que por distribución resulte competente se avoque al conocimiento de la presente causa y proceda a dictar sentencia de fondo, y en consecuencia se declara la nulidad de todo lo actuado a partir del auto de fecha 10 de febrero de 2005 incluyendo este auto.
TERCERO: Remítase la presente causa a la URDD d.....