ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO
Admitida como ha sido la Acusación por el delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 en concordancia con el numeral 3 del artículo 43 ambos de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en contra del acusado CARLOS ENRIQUE SONS ESPINOZA, así como los medios de pruebas ofrecidos por las partes, corresponde a este tribunal, ORDENAR LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del código orgánico procesal penal del acusado: CARLOS ENRIQUE SONS ESPINOZA venezolano, titular de la cédula de identidad N° 6.522.402, de 43 años de edad, nacido el 08/09/1961, en Caracas, de profesión u oficio Penitenciarista, hijo de Daria Espinoza (V) y Carlos Sons Flores (D), residenciado en la Urbanización Coromoto, Callejón N° 04, entre calles 9 y 10, casa S/N, Barinas Estado Barinas, ac.....