En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Función de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se ordena la reanudación del presente proceso de conformidad con lo dispuesto en el articulo 47 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y en virtud de la admisión de los hechos realizada por el acusado para a dictar sentencia condenatoria de conformidad con el articulo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 107 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias. SEGUNDO: Declara CULPABLE al ciudadano OMAR ENRIQUE CAMACHO PEREZ, venezolano titular de la Cedula de Identidad Nº 14.866.475, de 38 años de.....